Conoce mas sobre las Incoterms

Tenemos personal especializado para tu negocio.


Las obligaciones de vendedor y comprador se encuentran confrontadas. En la columna A están las obligaciones del primero y en columna B las del segundo. Se pueden hacer de forma presencial por comprador y vendedor o bajo los términos de contrato o al derecho aplicable, a través de intermediarios como porteadores, representantes aduaneros, transitarios, o terceros designados por comprador o vendedor para cierto propósito. Es importante conocer cuáles son en negocios internacionales, porque solo así se pueden tener transacciones o relaciones comerciales realmente eficaces y sin ningún inconveniente relacionado con la importación y exportación de mercancías.

Los Incoterms, que es un acrónimo del inglés Internacional Commercial Terms, son términos que establece la Cámara Internacional de Comercio que se usan en el comercio internacional para definir las responsabilidades y obligaciones que asumen el comprador/exportador y vendedor/importador de cierto producto, como ya se ha dicho. Surgen de la necesidad de evitar malos entendidos a causa de las interpretaciones comerciales de los diferentes países.
La clave de los Incoterms es que evitan confusiones al establecer reglas a nivel internacional en las transacciones o relaciones comerciales. Solo así se pueden tener unas mejores relaciones internacionales, en las que las partes tienen claro lo que les corresponde.
La Cámara de Comercio Internacional había publicado por primera vez en el año 1935 determinadas reglas internacionales para interpretar los términos comerciales. En 1963 fueron reconocidas con el nombre de Incoterms, aunque posteriormente tuvieron que pasar por varios añadidos y modificaciones. Su última versión se produjo concretamente en 2010.
Para que los Incoterms se apliquen, se necesita indicar en el contrato de compraventa que las partes aceptan sujetarse a los Incoterms 2010 de la ICC, en la publicación 175. Es por ello por lo que se definen las obligaciones de comprador y vendedor en comercio internacional.

La última revisión de los Incoterms define 11 términos que se dividen en 4 grupos:
Universal

El vendedor solo tiene la obligación de poner a disposición del comprador la mercancía en el almacén. Es el comprador el que organiza la recogida y transporte marítimo o aéreo hasta su país y asume todos los gastos.
Universal

El vendedor es el que se encarga de preparar y entregar en el puerto correspondiente la mercancía, mientras que el comprador es el que se encarga del transporte internacional hasta su país.
FCA: Free Carrier/Franco transportista.
Universal
FAS: Free Alonside Ship/Franco al Costado del Buque.
Universal
FOB: Free On Board/Franco a Bordo.
Universal

El vendedor se ocupa del transporte y los gastos hasta el puerto de descarga, y el comprador tiene que recoger la mercancía allí.
CPT: Transporte Pagado Hasta…/Carriage Paid To…
Universal
CIP: Transporte y Seguro Pagados Hasta…/Carriage and Insurance Paid To
Universal
CFR: Costo y Flete/Cost And Freight
Universal
CIF: Cost Insurance And Freight/Costo, Flete y Seguro.
CIF

Dependiendo de cuáles son las responsabilidades aceptadas, se van a asumir unos costes para entregarlo en las condiciones que se han negociado.
Tanto el comprador como el vendedor tienen sus propios derechos y obligaciones que cumplir, por eso se fijan en el Incoterm con objetivo de que todo quede claro en las operaciones de importación y exportación.